En mayo de 2012 los Ministros de Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y Empleo y Seguridad Social, presentaron un informe en el Consejo de Ministros en el que se proponen las siguientes modificaciones del Código Penal:
Propuestas en materia de Delito Fiscal:
– Elevar la pena para los delitos fiscales agravados que pasarán a estar penados con prisión de dos a seis años (en lugar de uno a cinco años), con ello se conseguiría el objetivo perseguido por la reforma de elevar la prescripción de estas modalidades agravadas de cinco a diez años. Según la propuesta, se consideraría delito fiscal agravado cuando concurra alguna de estas circunstancias:
– cuando la cuota defraudada exceda de 600.000 €,
– cuando la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o grupo criminal,
– cuando se utilicen negocios, entes o territorios que dificulten u oculten la identidad del obligado tributario o de determinación de la cuantía defraudada.
– Introducir una circunstancia atenuante especial de reparación del daño (rebaja de la pena) cuando el sujeto regularice el pago de la cuota defraudada dentro de los dos primeros meses tras recibir una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos responsables.
– Facultar a la Administración Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal.
– Facultar a la Administración Tributaria a presentar denuncia antes de que finalice el ejercicio fiscal cuando se detecte a lo largo del mismo una defraudación superior a 120.000 €.
Propuestas en materia de Delitos contra la Seguridad Social:
– Introducir nuevas figuras delictivas para los supuestos de empresas ficticias, talleres clandestinos, la contratación simultánea de una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo, así como los casos de defraudación dolosa en prestaciones de Seguridad Social que causen un perjuicio grave al patrimonio de la Seguridad Social.
– Elevar las penas hasta seis años de prisión para los supuestos agravados, como los casos de “empresas fantasma” sin actividad real que simulan relaciones laborales con el único propósito de que los trabajadores obtengan una prestación pública. Ello conlleva el aumento del plazo de prescripción para estos tipos agravados, que pasaría de cinco a diez años.
– Reducir la cuantía mínima de la defraudación de 120.000 € a 80.000 €.
– Modificar la redacción del art. 398 CP relativo a la falsificación de certificaciones por terceros de documentos de la Seguridad Social, que se considerarán delitos de falsedad documental.
Propuestas en materia de Delitos contra la Administración Pública:
– Introducir un nuevo delito que castiga los supuestos de falseamiento de la contabilidad de las Administraciones Públicas, cuando de este modo se crea un peligro para el patrimonio público administrado.
Es fundamental defender lo que hemos contruido con el esfuerzo de todos. Desde un punto de vista financiero, nosotros también hemos abordado el tema de la hacienda publica en nuestra web y queríamos compartirlo con vosotros.
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